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Se modifica la Orden por la que se establecen los puertos donde pueden realizarse los desembarques superiores a 100 kg de especies de aguas profundas

Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 24 de julio de 2018, por la que se modifica el artículo único de la Orden APA/874/2003, de 10 de abril, por la que se establecen los puertos donde pueden realizarse los desembarques superiores a 100 kg de especies de aguas profundas, procedentes de las subzonas I al XIV del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) y de las aguas comunitarias situadas dentro de las zonas COPACE 34.1.1, 34.1.2, 34.1.3 y 34.2

Disposición 19869 del BOE núm. 240 de 2025

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