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Interpretación de cláusulas arbitrales en un contrato con subcontratos y suplementos

José María ALCÁNTARA GONZÁLEZ
Árbitro marítimo internacional
Consultor en Derecho Marítimo y
Prof. de Derecho Marítimo
ESPAÑA

Jurisprudencia internacional.

-London Commercial Court (2025 EWHC 1785) – Interpretación de cláusulas arbitrales en un contrato con subcontratos y suplementos.

Las partes “ Tecnicas Reunidas Saudia “y “Petroleum and Mining Co. Ltd”, en el contexto de un contrato, invocaron foros arbitrales diferentes a los efectos de resolver sus reclamaciones mutuas. En 2015 Saudi Aramco contrató con Técnicas Reunidas la realización de varios trabajos en la Fadhili Gas Plant, a cuyo fin la segunda subcontrató un número de elementos electroquímicos con Petroleum and Mining. Entre los documentos del subcontrato (en la orden de compra) las partes acordaron arbitraje en Londres, en inglés y con aplicación de ley inglesa. En otro de los documentos (la Lista de Desviaciones), se reflejaban negociaciones incluyendo una disposición (num.18) a los efectos de que todo arbitraje tendría lugar conforme a la Ley Saudita, y también reseñaba (en razón de que tal sumisión había sido rechazada por Técnicas Reunidas) que sería de aplicación la ley inglesa, pero con arbitraje “under ICC Laws”, lo que quería decir arbitraje ante la CCI, en Paris. Para mayor confusión en otro de los documentos (Términos y Condiciones Generales) figuraba que el subcontrato estaba sometido a las leyes de Arabia Saudita y que toda controversia había de ser resuelta mediante arbitraje institucional por la CCI.

Petroleum and Mining comenzó un arbitraje ante la CCI. Tecnicas Reunidas opuso una excepción de jurisdicción, lo que dio lugar a un Laudo Parcial de la CCI, que estimó la competencia de la CCI.. Se argumentó, entonces, que la lectura conjunta de los documentos subcontractuales había de ser interpretada en el sentido de que el lugar del arbitraje era Londres, pero de acuerdo con las Reglas de la CCI. Finalmente se llevó el caso a Londres, conforme a la Section 67 de la Arbitration Act 1996. El Commercial Court, no obstante cuestionar el plazo para admisión de la petición, permitió los argumentos de cada parte. Petroleum and Mining alegó que su contraparte había renunciado tácitamente a toda petición por haber participado ya en el arbitraje ante la CCI, y no haber reclamado un arbitraje “ad hoc” en Londres (conforme a la Orden de Compra).El Commercial Court revisó cuidadosamente todos los documentos y las varias cláusulas arbitrales con un criterio jerárquico contractual ( las posteriores de rango inferior no pueden contradecir las principales anteriores) y atendiendo a que el subcontrato venía definido por la Orden de Compra y suplido por documentos de mero contenido secundario, resolvió que la intención de las partes había sido la de referir todo arbitraje a Londres mediante un sistema “ad hoc” y no institucional. Dato curioso: en su fallo el tribunal valoró que el idioma inglés era el más acertado, que toda sumisión a arbitraje institucional afectaba a los derechos procesales de las partes, que el derecho a apelación del laudo, previsto en la S.69 de la Arbitration Act, está excluido en las Reglas CCI, y que el nivel de costes es mucho más favorable en el arbitraje “ad hoc” en Londres. Como colofón el Commercial Court advirtió contra el uso de cláusulas “pick-and-mix” , destacando que los tribunales ingleses se guían por los principios de la ortodoxia contractual.

ARBITRAMAIL

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