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Hacia un nuevo modelo de formación Marítima en España

Cayetano Pérez Pérez
Ha sido:
Oficial de la Marina Mercante Española
Oficial de la Armada Española
Capitán Marítimo de Castellón y Alicante
ESPAÑA

El Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar de la Organización Marítima Internacional (Convenio STCW) fue adoptado el 7 de julio de 1978 y entró en vigor el 28 de abril de 1984. Su revisión de mayor alcance se produjo en 1995 y, posteriormente, las enmiendas de Manila de 2010 introdujeron una nueva actualización de sus requisitos. Desde entonces, el Convenio y el Código STCW han seguido siendo objeto de distintas enmiendas. Por ello, más que hablar de una norma «revisada por última vez en 2010», resulta más preciso referirse a las enmiendas de 2010 como una de sus principales revisiones, sin perjuicio de las modificaciones posteriores.

El STCW fue el primer instrumento internacional que estableció requisitos comunes sobre formación, titulación y guardia de la gente de mar, con la finalidad de garantizar un nivel homogéneo de competencia entre los Estados, evitando que las diferencias nacionales puedan afectar a la seguridad marítima. El Convenio establece estándares mínimos que los Estados Parte están obligados a cumplir o superar.

¿Un estándar mínimo o el límite de la formación?

Precisamente el carácter de norma mínima del Convenio STCW constituye uno de los elementos que permiten plantear una reflexión sobre el futuro de la formación marítima española. El STCW no establece un modelo educativo único ni impide que un Estado desarrolle una formación académica y profesional más amplia que la estrictamente necesaria para alcanzar las competencias mínimas internacionales.

En consecuencia, España dispone de margen para desarrollar un modelo educativo marítimo más ambicioso, adaptado a las necesidades actuales y futuras del sector. El objetivo no debería ser limitarse al cumplimiento formal de los estándares internacionales, sino aprovechar el marco que ofrece el STCW para formar profesionales capaces de desenvolverse en un entorno marítimo cada vez más complejo.

Los requisitos básicos del Convenio se refieren, entre otros aspectos, a la formación de la gente de mar, la titulación y certificación de los profesionales, la organización de las guardias y las competencias necesarias para desempeñar determinadas funciones a bordo. El Código STCW desarrolla estas exigencias mediante tablas de competencias y requisitos obligatorios.

Los nuevos retos tecnológicos y profesionales

El modelo formativo marítimo debe responder a una transformación tecnológica que no existía cuando se configuraron buena parte de las estructuras tradicionales de las enseñanzas náuticas. La digitalización del buque, la automatización de procesos, la creciente integración de los sistemas de navegación, propulsión y control, la transición energética, la aparición de nuevos combustibles y la progresiva electrificación de los sistemas embarcados están modificando las competencias que se requieren a bordo.

A ello se añade la evolución de las funciones profesionales. El marino del futuro deberá poseer no solo las competencias específicas de su puesto, sino también una comprensión suficientemente amplia del buque como sistema integrado. Navegación, propulsión, electricidad, electrónica, automatización, comunicaciones, informática, cibernética, eficiencia energética y seguridad se encuentran cada vez más interrelacionadas.

Desde esta perspectiva, pueden señalarse dos grandes retos para la evolución del actual modelo formativo: por una parte, la conveniencia de profundizar en su adaptación a las nuevas tecnologías y, por otra, la oportunidad de seguir reforzando la conexión entre los estudios marítimos universitarios, las competencias profesionales y las necesidades de un sector en transformación.

Hacia una formación marítima más polivalente

Asimismo, debe considerarse la necesidad de mejorar la atractividad de la profesión marítima para las nuevas generaciones. Una formación muy vinculada a una única especialidad puede, en determinados casos, limitar las posibilidades profesionales de los jóvenes.

Por ello, sería conveniente estudiar, sobre la base de las fortalezas del modelo existente, su posible evolución hacia un modelo de estudios universitarios más polivalente.

La polivalencia no debe entenderse como la desaparición de la especialización. Por el contrario, podría configurarse como una formación integral inicial sobre el buque y sus sistemas, sobre la que posteriormente se desarrollen las especializaciones funcionales necesarias para el ejercicio de las distintas profesiones y responsabilidades a bordo.

La referencia francesa

En este sentido, el modelo formativo adoptado en Francia constituye una referencia de interés para analizar cómo otros sistemas han abordado esta cuestión. El cumplimiento del STCW puede constituir un punto de partida común, pero no necesariamente el límite de la formación que un Estado puede ofrecer a sus profesionales.

Una oportunidad para integrar la Formación Profesional

Un modelo de formación universitaria marítima polivalente podría contribuir, asimismo, a ampliar y flexibilizar las vías de incorporación de nuevos profesionales a la Marina Mercante. En particular, permitiría estudiar itinerarios de progresión para los titulados procedentes de la Formación Profesional, que realizan sus estudios como especialistas.

Esto abre la posibilidad de estudiar pasarelas formativas más claras entre la Formación Profesional y las enseñanzas marítimas superiores, sin rebajar en ningún caso los estándares de competencia, formación a bordo y seguridad establecidos por el STCW. La cuestión no sería sustituir la formación universitaria, sino aprovechar mejor las competencias previamente adquiridas y establecer itinerarios de progresión profesional más flexibles.

¿Quién debe impulsar la reforma?

En el proceso de evolución del modelo, la iniciativa debería abordarse desde una perspectiva compartida, evitando que el debate quede circunscrito exclusivamente al ámbito universitario o a la Administración marítima.

Corresponde a las universidades, en el ejercicio de su autonomía académica y de acuerdo con la legislación universitaria, elaborar y proponer los planes de estudios de las titulaciones universitarias oficiales. Al mismo tiempo, la Administración marítima, y particularmente la Dirección General de la Marina Mercante, tiene competencias decisivas en el reconocimiento y supervisión de la formación necesaria para la obtención de los títulos profesionales de la Marina Mercante y en la comprobación de su adecuación a las competencias establecidas por el Convenio STCW.

En consecuencia, una eventual reforma del modelo español de formación marítima debería partir de una iniciativa coordinada entre la Administración marítima, las Universidades, los Centros de Formación Profesional y el propio sector naviero. El objetivo debería ser definir, con una visión de largo plazo, las competencias que deberá reunir el profesional marítimo del futuro y trasladarlas posteriormente a un modelo académico y profesional coherente.

Una propuesta concreta

Una primera medida podría consistir en la creación de un grupo de trabajo específico para la reforma de la formación marítima española, con participación de la Dirección General de la Marina Mercante, Universidades, centros de Formación Profesional, empresas navieras, Organizaciones profesionales y representantes de los propios profesionales del sector.

Este grupo podría analizar los actuales planes de estudios, compararlos con modelos internacionales, especialmente el francés, identificar las nuevas competencias derivadas de la digitalización, automatización y transición energética, estudiar las posibles pasarelas con la Formación Profesional, y valorar la conveniencia de desarrollar un itinerario universitario de carácter más transversal y polivalente.

El resultado no debería plantearse como una sustitución o desaparición de las titulaciones o especialidades existentes, sino como una posible evolución de su arquitectura formativa que combine una sólida base común, una formación tecnológica transversal, periodos de formación práctica adecuados y especializaciones profesionales posteriores.

Conclusión

El debate sobre el futuro de la formación marítima española no debería limitarse a comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Convenio STCW, sino que debería abordar también cómo complementar y evolucionar la formación universitaria para responder a las competencias que necesitarán los profesionales y los buques de las próximas décadas.

El carácter de estándar mínimo del STCW ofrece margen para seguir desarrollando y adaptando la formación a las necesidades futuras del sector.

Por todo ello, parece oportuno que España inicie un proceso de reflexión y diálogo para determinar si ha llegado el momento de dar un nuevo paso en la formación de sus profesionales de la Marina Mercante: no para apartarse del STCW, sino precisamente para aprovechar el margen que el propio Convenio ofrece y dotar a la formación marítima universitaria española de mayor capacidad de adaptación, polivalencia, atractivo profesional y capacidad de respuesta ante los desafíos tecnológicos y energéticos del futuro.

Cualquier evolución del modelo actual debería contar con la participación activa de las universidades y, especialmente, de sus docentes e investigadores, aprovechando la experiencia y las fortalezas existentes. El objetivo no es sustituir ni cuestionar el modelo actual, sino evolucionarlo de forma conjunta para responder mejor a las necesidades profesionales y tecnológicas del futuro.

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