El Consejo ha dado hoy luz verde definitiva a la revisión del régimen de control de la pesca de la UE, que moderniza el modo en que se controla la pesca.

El Reglamento que hemos adoptado hoy velará por que nuestro régimen de control de la pesca se mantenga actualizado e incorpore los últimos avances tecnológicos para poder luchar eficazmente contra la sobrepesca. Esto redundará en beneficio del medio ambiente y, en última instancia, también de las comunidades pesqueras, y contribuirá a garantizar la sostenibilidad social y económica del sector.
Luis Planas Puchades, ministro en funciones de Agricultura, Pesca y Alimentación de España
El Reglamento que acaba de adoptarse actualiza alrededor del 70 % de las normas vigentes en materia de control de los buques pesqueros, lo que contribuirá a garantizar que los buques de la UE y otros buques que faenen en aguas de la UE cumplan las normas de la política pesquera común.
Estos son los principales cambios:
- sistemas de localización de buques (SLB) y registro electrónico de capturas: para asegurar que se cumpla la política pesquera común, se realizará un seguimiento de todos los buques pesqueros mediante un SLB y será preciso registrar todas las capturas por medios electrónicos. En el caso de determinados buques de pesca costera artesanal de menos de nueve metros de eslora, podrán concederse exenciones del requisito relativo al SLB hasta el 31 de diciembre de 2029;
- seguimiento electrónico remoto: se utilizarán herramientas de seguimiento electrónico remoto en el caso de los buques de mayor tamaño para velar por que las capturas no deseadas no se descarten en el mar —incumpliendo con ello la «obligación de desembarque»— sino que se lleven a tierra;
- pesca recreativa: los pescadores recreativos que capturen determinadas especies deberán consignar y comunicar sus capturas a través de un sistema electrónico. Si bien en un principio la norma se aplicará a un número limitado de especies, este puede ampliarse basándose en dictámenes científicos;
- revisión del sistema de sanciones: se establece a escala de la UE una lista completa de infracciones graves de las normas de la política pesquera común. Los Estados miembros deben velar por que quienes cometan infracciones sean objeto de sanciones administrativas efectivas, proporcionadas y disuasorias. Además, o como alternativa, puede recurrirse a las sanciones penales;
- mejora de la trazabilidad a lo largo de la cadena de suministro: será más fácil rastrear los productos frescos de la pesca y la acuicultura. En el caso de los productos transformados, se aplicarán requisitos de trazabilidad tras la realización de un estudio de la Comisión sobre las soluciones disponibles y transcurrido un periodo transitorio de cinco años.
Cómo contribuirá el nuevo sistema a luchar contra la sobrepesca
Se establecerán también nuevas normas sobre el margen de tolerancia (o error) en la estimación de las capturas para evitar notificaciones incorrectas.
El margen de tolerancia representa la diferencia entre la estimación del pescado capturado y el resultado real del pesaje.
Como norma general, el margen de tolerancia se mantendrá en el 10 % por especie, como es el caso actualmente. No obstante, se aplicarán algunas excepciones. En el caso de las especies que no superen los 100 kg, el margen será del 20 % por especie.
Asimismo, se aplicarán excepciones a las pesquerías de pequeños pelágicos, las pesquerías industriales y las pesquerías de atún tropical con redes de cerco con jareta, en particular si las capturas se desembarcan en los puertos incluidos en la lista, en los que deben garantizarse condiciones especiales para el desembarque y el pesaje.
Por último, algunos buques de mayor tamaño estarán equipados con un dispositivo para medir la potencia motriz, con el fin de garantizar que su capacidad pesquera se mantenga dentro de los límites establecidos en la política pesquera común.
Nuevas normas para los productos importados
En el marco del régimen de certificación de las capturas para la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), se establecerá un sistema digital denominado «CATCH».
El objetivo es garantizar que los certificados de captura y otros documentos conexos se gestionen en un entorno digital único a escala de la UE, mejorando así la capacidad de las autoridades para detectar productos derivados de actividades de pesca INDNR.
Los países no pertenecientes a la UE podrán producir y validar certificados de captura directamente en el entorno digital CATCH. En el caso de los productos de la pesca importados a la UE, los importadores también tendrán que presentar certificados de captura a través de CATCH.
Contexto y siguientes etapas
El marco jurídico principal del régimen de control de la pesca de la UE se establece en el Reglamento (CE) n.º 1224/2009 sobre el control de la pesca. El control lo llevan a cabo las autoridades nacionales, con la ayuda y la cooperación de la Comisión Europea y de la Agencia Europea de Control de la Pesca (AECP).
En 2018, la Comisión presentó una propuesta para revisar el sistema de control de la pesca con el fin de simplificarlo, hacerlo más eficaz y eficiente, y garantizar el pleno cumplimiento de la política pesquera común reformada.
El Consejo acordó su posición («orientación general») sobre la propuesta de Reglamento el 28 de junio de 2021. Las negociaciones con el Parlamento se iniciaron en julio de 2021, y el 30 de mayo de 2023 se alcanzó un acuerdo definitivo entre los dos colegisladores.
Se han adoptado normas detalladas sobre la fecha de aplicación de las nuevas disposiciones, así como disposiciones transitorias, a fin de dejar a las autoridades pesqueras de la UE y otras partes interesadas pertinentes tiempo suficiente para adaptarse a los nuevos requisitos.